IntroducciĆ³n


El reconocimiento de los derechos humanos en el mundo siempre ha estado guiado por el proceso gradual de maduraciĆ³n de carĆ”cter inmaterial o espiritual de la humanidad dirigido al reconocimiento progresivo de su interdependencia y unidad fundamental, lo que ha originado en buena parte al avance del constitucionalismo y el desarrollo de polĆticas pĆŗblicas orientadas al beneficio colectivo, que se traducen en lo que conocemos hoy como la consagraciĆ³n del Estado Social de Derecho en varios ordenamientos legales.
Es un tĆ³pico mencionar que el primer conjunto de derechos humanos reconocido fue el de los derechos individuales y polĆticos desde la primera declaraciĆ³n universal de los derechos del hombre, al que siguiĆ³ el reconocimiento de los derechos econĆ³micos, sociales y culturales a partir de las primeras dĆ©cadas del siglo XX, y que en dĆ©cadas recientes se dio lugar a la consagraciĆ³n paulatina de los llamados derechos colectivos y del ambiente, tambiĆ©n llamados derechos difusos o de tercera generaciĆ³n.
Sin embargo, el proceso de ningĆŗn modo ha terminado allĆ, y hoy en dĆa el gran reto de la humanidad, guiados por el mencionado proceso espiritual, es el de reconocer y garantizar unos derechos que de una parte, sean universales en toda la dimensiĆ³n del concepto, o sea, no sĆ³lo en cuanto a su reconocimiento legal generalizado, sino en cuanto a que el conjunto de la humanidad se convierta en responsable del bienestar de cada uno de sus integrantes, de cada sujeto de derecho, y de la otra parte, los derechos deben ser integrales y su realizaciĆ³n debe estar dirigida a satisfacer en forma profunda y sinĆ©rgica lo que hoy se reconoce como las necesidades humanas fundamentales.
Por lo tanto, dos conceptos deben ser explorados para la construcciĆ³n de una nueva dimensiĆ³n de los derechos humanos, el del sujeto universal de derechos y el de lasĀ necesidades humanas fundamentales como fuente de los derechos y parĆ”metro de evaluaciĆ³n, pero ademĆ”s existe un concepto central que los sustenta y es el de laĀ unidad en diversidad, pues resulta ser el paradigma que guĆa todos los esfuerzos de construcciĆ³n de un nuevo orden de cosas en el mundo sobre bases de progreso, justicia, paz y seguridad, por lo que conviene repasarlo en primer tĆ©rmino en este artĆculo.
La Unidad en Diversidad
Este paradigma, que hoy forma parte del ideario de muchos paĆses y organizaciones en todo el mundo, a pesar de existir un desconocimiento generalizado sobre su origen y de todas sus connotaciones conceptuales y prĆ”cticas, tuvo una formulaciĆ³n inigualada por medio de BahĆ”āuāllĆ”h 1 en sus escritos, sus enseƱanzas y su obra desde mediados del siglo XIX, obra que fue continuada por quienes lo sucedieron en la direcciĆ³n de la comunidad mundial bahĆ”’Ć y por numerosos autores e instituciones que forman parte de ella.

En consonancia con esa visiĆ³n, la unidad en diversidad de toda la humanidad, debe constituir la Ćŗltima etapa en su proceso de maduraciĆ³n colectiva, que comenzĆ³ con la evoluciĆ³n de la familia a la tribu, de esta a la aldea y a la ciudad estado y de estas a la naciĆ³n moderna, faltando la unidad de las naciones en una especie de federaciĆ³n mundial.
La unidad en diversidad parte de la comprensiĆ³n de que la humanidad es un sistema complejo y dinĆ”mico que requiere del aporte creativo y constructivo de todos los integrantes del cuerpo social, o sea la expresiĆ³n plena de la diversidad humana, pero garantizando a su vez el trabajo cooperativo y armonioso de todo el conjunto, o sea de su capacidad de acciĆ³n conjunta, de su unidad.
Por lo tanto, ella no es simplemente una formulaciĆ³n idealista originada en las buenas intenciones de una humanidad ingenua y vuelta a su estado natural, sino un principio integrador de diversos aspectos, entre ellos el de ser un principio fundante de la realidad natural y humana, el de ser un valor universal de aplicaciĆ³n social y de apropiaciĆ³n personal, como tambiĆ©n el de contar con un mĆ©todo prĆ”ctico para la toma de decisiones a travĆ©s del sistema cooperativo denominado consulta, y el de ser el fin a alcanzar por toda la humanidad por medio de una organizaciĆ³n socio polĆtica unificada e incluyente.
El Sujeto Universal de Derechos
Es de reconocimiento general que todo individuo de la especie humana, por el sĆ³lo hecho de existir, es sujeto de derecho. O sea, que por el sĆ³lo hecho de tener el don de la vida, cada uno de nosotros, tiene, tanto el derecho a conservarla, como a ejercer los demĆ”s derechos que permitan que esa vida sea vivida de una forma digna. Por lo tanto, el sujeto de derecho viene a ser el titular indiscutido de un conjunto de prerrogativas inherentes a la condiciĆ³n de ser humano, de persona, con la posibilidad real de reclamar su aplicaciĆ³n preventiva o la reparaciĆ³n en caso de pĆ©rdida o violaciĆ³n.
En este orden de ideas cabe preguntarseĀ cuĆ”l debe ser la contraparte del sujeto de derecho, o sea, a quien o a quienes puede exigir la realizaciĆ³n de sus derechos, pues en esta respuesta estĆ” el meollo del problema. Y es aquĆ donde formulamos un principio novedoso con plenos alcances jurĆdicos, basado en documentos de la Comunidad Internacional BahĆ”’Ć, cuĆ”l es el de queĀ cada ser humano nace al mundo bajo el fideicomiso del conjunto 2. Fideicomiso, quiere decir, encargo de confianza y supone una responsabilidad por parte de quien lo asume. La idea, es entonces, que cada ser humano viene al mundo bajo la responsabilidad del conjunto, y por lo tanto este debe garantizarle los medios necesarios para que pueda vivir una vida digna y de calidad.
Pero entonces ĀæquĆ© debe entenderse por el conjunto? ĀæSe refiere acaso sĆ³lo a la familia que lo tuvo en su seno, o a la comunidad donde ha nacido y crecido el individuo, a la ciudad o pueblo al que pertenece, al paĆs o Estado del que jurĆdicamente forma parte, o tambiĆ©n incluye a todos los estamentos e integrantes de la humanidad? De conformidad con el principio de la unidad en diversidad debemos afirmar que solamente si la humanidad en su conjunto, a travĆ©s de sus formas de acciĆ³n y organizaciĆ³n social y polĆtica, asume a cada individuo bajo su fideicomiso, su cuidado y responsabilidad, es posible construir un mundo justo y pacĆfico, donde todos los habitantes puedan tener similares posibilidades y condiciones de desarrollo y realizaciĆ³n de su potencial.
Es asĆ como la contraparte del principio de la unidad en diversidad es el de que cada individuo viene bajo el fideicomiso del conjunto y ese conjunto es la humanidad entera. Solamente si cada individuo, en su singularidad o en su autĆ©ntica diversidad, tiene la posibilidad real de desplegar su potencial humano, puede aportar y contribuir en forma significativa al desarrollo de las posibilidades de un grupo social, de una cultura, de un paĆs y tambiĆ©n, de la humanidad.
Y de esta forma, la comunidad y el individuo, pueden interactuar en una relaciĆ³n de mutuo beneficio, poniendo fin al dilema de si primero debe cambiar la sociedad o el individuo, pues asĆ como se ha dicho que no es posible construir una sociedad de oro con individuos de plomo, tambiĆ©n podemos comprender que no puede concebirse la transformaciĆ³n individual generalizada en medio de un vacĆo social.
Las Necesidades Humanas Fundamentales

Manfred Max-Neef 3, economista y pensador chileno, Premio Nobel Alternativo, desarrollĆ³, junto con otros dos autores, el concepto de necesidades humanas fundamentales, llegando a conclusiones como las siguientes:
– LasĀ necesidades humanas, contrario a lo que comĆŗnmente se piensa, son pocas y clasificables y son las mismas en todas las culturas. Lo que cambia es la manera de satisfacerlas, o sea los satisfactores. Las necesidades son las siguientes:
- Subsistencia (AlimentaciĆ³n, vivienda, vestido)
- ProtecciĆ³n (Seguridad, salud, defensa)
- Afecto (Amor, amistad, cariƱo, simpatĆa)
- Entendimiento (FormaciĆ³n, aprendizaje, comprensiĆ³n)
- ParticipaciĆ³n (Aporte, cooperaciĆ³n, contribuciĆ³n)
- Ocio o RecreaciĆ³n (Descanso, entretenimiento, diversiĆ³n)
- CreaciĆ³n (Iniciativa, arte, ciencia, proyectos)
- Identidad (Valores culturales, origen, pertenencia)
- Libertad (Independencia, autonomĆa)
- Transcendencia (ConexiĆ³n con lo superior, comuniĆ³n con la naturaleza)
– Frente a la satisfacciĆ³n de cada necesidad encontramos tres posibilidades: O bien existe una pobreza, una carencia o bien una potencialidad.
Las pobrezas 4
Una necesidad insatisfecha genera una pobreza o una carencia. Por ejemplo la insatisfacciĆ³n de la necesidad de subsistencia genera insuficiente alimentaciĆ³n, ropa o vivienda; la de protecciĆ³n, inseguridad, ineficacia de sistemas de seguridad y protecciĆ³n social; la de afecto, el autoritarismo, la opresiĆ³n, el aislamiento y las relaciones frĆas.
Los satisfactores 5
Ahora bien, como dijimos, lo que varĆa de cultura a cultura, de Ć©poca en Ć©poca, no son las necesidades, sino la manera de satisfacerlas, y a los medios utilizados para ello se les conoce como satisfactores. Y estos pueden clasificarse en cinco categorĆas a saber:
- Violadores o Destructores 6: Pretenden satisfacer una necesidad, pero su efecto no sĆ³lo impide la satisfacciĆ³n de esta necesidad, sino tambiĆ©n la de otras, como el caso delĀ armamentismo que pretende satisfacer la necesidad de protecciĆ³n pero imposibilita la satisfacciĆ³n de necesidades como el afecto, el entendimiento, la participaciĆ³n, la creaciĆ³n, la identidad y la libertad.
- Pseudos-satisfactores 7: Estimulan una falsa sensaciĆ³n de satisfacciĆ³n de una necesidad determinada. A largo plazo aniquilan la posibilidad de satisfacciĆ³n de dicha necesidad, como el caso de laĀ sobreexplotaciĆ³n de recursos naturales que aparenta satisfacer la necesidad de subsistencia, el de laĀ democracia formal que aparenta satisfacer la de participaciĆ³n, o el de laĀ prostituciĆ³n con relaciĆ³n al afecto.
- Inhibidores 8: El modo en que Ć©stos satisfacen o satisfacen en exceso una necesidad determinada, dificulta seriamente la posibilidad de satisfacer otras necesidades. Generalmente emanan de hĆ”bitos arraigados. Ejemplos de estos satisfactores los encontramos en laĀ competencia econĆ³mica excesiva que apunta a la necesidad de libertad pero inhibe la satisfacciĆ³n de necesidades como la subsistencia, la recreaciĆ³n, la protecciĆ³n, el afecto y la participaciĆ³n, o tambiĆ©n elĀ paternalismo que satisface la necesidad de protecciĆ³n pero inhibe las de entendimiento, de libertad, de participaciĆ³n y de identidad.
- Singulares 9: Apuntan a la satisfacciĆ³n de una sola necesidad, siendo neutros respecto de otras, como losĀ programas asistenciales de vivienda o deĀ donaciĆ³n de alimentos con relaciĆ³n a la necesidad de subsistencia,Ā los espectĆ”culos deportivos con relaciĆ³n a la de recreaciĆ³n yĀ los regalos y obsequios que satisfacen la necesidad de afecto.
- SinĆ©rgicos 10: Estos tienen poder multiplicador, ya que su forma de satisfacer una necesidad determinada, estimula y contribuye simultĆ”neamente a la satisfacciĆ³n de otras necesidades. Entre ellos tenemos a laĀ lactancia materna que satisface la necesidad de subsistencia pero tambiĆ©n potencia el afecto, la protecciĆ³n, la identidad, el entendimiento, la participaciĆ³n y la recreaciĆ³n, o laĀ educaciĆ³n popular que satisface la necesidad de entendimiento y potencia la participaciĆ³n, la creaciĆ³n, la identidad y la libertad.
Necesidades y Derechos
De este modo podemos comprender que las necesidades humanas fundamentales son la fuente principal de los derechos. Reflexionemos un poco al respecto: si como ser humano soy sujeto de derecho y estoy bajo la responsabilidad del conjunto de la sociedad, de forma natural tengo derecho a que me sean reconocidas mis necesidades humanas fundamentales en forma de derechos obligatorios y viables, lo que significa que dichas necesidades no son sĆ³lo meras aspiraciones ideales imposibilitadas de realizaciĆ³n.

Si revisamos las 10 necesidades relacionadas, podemos visualizar que ellas son las fuentes de los derechos reconocidos por el ordenamiento legal y apreciar en quĆ© grado dichos derechos se han constituido en herramientas Ćŗtiles para su satisfacciĆ³n y cuĆ”nto falta en el camino de su realizaciĆ³n plena. Por ejemplo, las necesidades de subsistencia, protecciĆ³n y libertad, por tener como eje a la vida misma y a su integridad, han sido objeto constante de preocupaciĆ³n, lucha y promulgaciĆ³n de derechos constitucionales y legales, y aunque encontramos un desfase entre la teorĆa y la prĆ”ctica, en un grado importante estos derechos han sido reconocidos y forman parte del ideario de la sociedad.
Necesidades como las de entendimiento, recreaciĆ³n y creaciĆ³n, buscan ser cubiertas con el derecho a la educaciĆ³n y el derecho al trabajo, fundamentalmente. La necesidad de participaciĆ³n, tambiĆ©n ha sido recientemente reconocida y nuestra ConstituciĆ³n PolĆtica consagra diversos mecanismos de participaciĆ³n ciudadana, aun cuando el marco general no logra superar en muchos casos el Ć”mbito de la polĆtica partidista.
Sin embargo, necesidades humanas de carĆ”cter inmaterial, como es el caso del afecto, la identidad y la transcendencia, todavĆa carecen de una formulaciĆ³n plena en los derechos respectivos, a pesar de los acercamientos realizados desde el ordenamiento legal y la doctrina jurĆdica en tal sentido.
En esta direcciĆ³n instituciones como las Naciones Unidas, se han preocupado por encontrar indicadores que van mĆ”s allĆ” de las frĆas estadĆsticas de crecimiento econĆ³mico, y buscan medir otras necesidades o facetas mĆ”s profundas de las mismas, en forma de Ćndices de desarrollo humano. Y otras instituciones han ido aun mĆ”s allĆ” y han propuesto en diversos foros mundiales la creaciĆ³n de indicadores espirituales de desarrollo humano, que incluyen por ejemplo el grado de igualdad de la mujer con el hombre, el grado de unidad en diversidad y el de respeto al medio ambiente, entre otros.
Finalmente, podemos comprender que la satisfacciĆ³n de las necesidades humanas fundamentales, depende no sĆ³lo de su consagraciĆ³n en tĆ©rminos legales, sino tambiĆ©n de la efectividad de los medios o herramientas para aplicarlos, esto es, de los satisfactores sinĆ©rgicos y en esa direcciĆ³n deben orientarse los esfuerzos de todas las personas, grupos e instituciones comprometidos con la construcciĆ³n de un nuevo orden mundial para beneficio de toda la humanidad.
Referentes BibliogrƔficos
- Comunidad Internacional BahĆ”’Ć.Ā Valorando la Espiritualidad en el Desarrollo, documento presentado al “DiĆ”logo Mundial de las Fes y el Desarrollo”, auspiciado por el Presidente del Banco Mundial y el Arzobispo de Canterbury, realizado en el Palacio de Lambeth, del 18 al 19 de febrero de 1998. 16p.
- Max-Neef, Manfred, Elizalde, Antonio y Hopenhayn, Martin.Ā Desarrollo a Escala Humana: una opciĆ³n para el futuro, Cepaur, Santiago de Chile, 1986. 96p.
NOTA: El presente artĆculo fue publicado en la BoletĆn Horizontes Empresariales de la Facultad de Ciencias Administrativas y Contables de la InstituciĆ³n Universitaria Cesmag, donde el autor es docente de las cĆ”tedras de Derecho. Vol. I NĀ° 1 / Noviembre 2010 – ISSN 2215-8308
Referencias
- BahĆ”’u’llĆ”h (1817-1892), fue el fundador de la comunidad mundial bahĆ”āĆ, viviĆ³ durante el siglo XIX y el impacto creciente de su obra, que abarca todos los aspectos de la vida y la sociedad humanas, es sin duda un hecho notable de nuestro tiempo, y constituye fuente de guĆa y conocimiento para encontrar respuestas a dilemas de todas las Ć©pocas y culturas, y desarrollar principios y herramientas para la soluciĆ³n de los problemas globales y los retos de la llegada de la etapa de madurez de la humanidad. ā©ļø
- “En este aspecto, cada individuo necesita comprender que, ya que el cuerpo de la humanidad es uno e indivisible, cada miembro de la raza humana nace en el mundo como un fideicomiso de la totalidadā. Comunidad Internacional BahĆ”’Ć, Valorando la Espiritualidad en el Desarrollo, presentado al “DiĆ”logo Mundial de las Fes y el Desarrollo”, auspiciado por el Presidente del Banco Mundial y el Arzobispo de Canterbury, realizado en el Palacio de Lambeth, del 18 al 19 de febrero de 1998. p. 5. ā©ļø
- Manfred Max-Neef Ā y otros,Ā Desarrollo a escala humana: una opciĆ³n para el futuro, Santiago de Chile, 1986. p. 27. ā©ļø
- Max-Neef, ManfredĀ y otros. op. cit. p. 27. ā©ļø
- Ibid., p. 35. ā©ļø
- Ibid., p. 43. ā©ļø
- Ibid., p. 44. ā©ļø
- Ibid., p. 44. ā©ļø
- Ibid., p. 45. ā©ļø
- Ibid., p. 45. ā©ļø